Te contamos cuál es el proceso para llevar a cabo una orden de restricción

¿Usted sabe cuál es el proceso para interponer una orden de restricción, contra una persona que le provoca violencia de género? Pon mucha atención, aquí te lo explicamos.

Florencia Moreno
Azteca Noticias Jalisco

“Tengo miedo de que él al enterarse haga algo, ya que es una persona violenta, una persona muy agresiva. Ahorita que ya estoy más cerca tengo miedo de que ahora sí venga y que se dé cuenta y entonces a mí me agreda”, dijo Jovana, solicitó una orden de protección.

Jovana es una de las cientos de mujeres que viven violencia intrafamiliar, violencia de género. Ella le teme a su ex pareja sentimental, quien presuntamente violó a sus pequeños y ella decidió levantar la voz y pedir justicia pero ahora teme por su vida.

Ante esto, recurrió a las medidas precautorias y acciones urgentes de seguridad que las autoridades brindan para que recuperen la sensación de seguridad frente a posibles amenazas o represalias posteriores del agresor.

“Yo fui a pedir el apoyo también para que me pusieran una orden de restricción en mi domicilio”, mencionó Jovana, solicitó una orden de protección.

¿Para quiénes son las órdenes y medidas de protección?, ¿dónde se deben obtener? Ponga atención.

Cuando se considera que una persona agresora está poniendo en riesgo la vida o integridad de una mujer víctima de violencia, es necesario solicitar una orden o medida de protección. Necesita tener una denuncia previa, la debe solicitar en el Centro de Justicia Para la Mujer, Ministerios Públicos, Ayuntamiento Municipal con las juezas o jueces municipales.

Las órdenes o medidas de protección tienen una temporalidad de mil 440 horas, es decir, 60 días. Las órdenes de protección tienen una temporalidad de 72 horas, tres días.

Si el presunto agresor no respeta la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier vía, así como al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, la ley establece sanciones tales como apercibimiento, multa o arresto, independientemente de los delitos que se puedan configurar al momento de inclumplir con la orden o medida de protección.

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