Las autoridades regulatorias de telecomunicaciones establecieron que los usuarios de telefonía móvil deberán registrar sus líneas telefónicas mediante la Clave Única de Registro de Población (CURP) antes del 30 de junio de 2026.
Advirtieron que, a partir del 1 de julio de 2026, las líneas que no hayan sido vinculadas a una CURP válida dejarán de emitir y recibir llamadas, así como de navegar por internet, sin embargo, algunas están exentas de realizar dicho trámite; ¿de cuáles se trata?
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¿Qué líneas telefónicas están exentas del registro con CURP?
De acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades de telecomunicaciones, el registro obligatorio contempla excepciones específicas. No todas las líneas móviles deberán vincularse a una identidad; las principales exenciones son:
- Tarjetas SIM de datos puros: Quedan exentas todas las líneas que, por sus características técnicas, no permiten realizar ni recibir llamadas de voz, enviar mensajes SMS o establecer comunicación de telefonía mediante internet.
- Líneas de emergencia temporal: En situaciones de desastres naturales o emergencias de protección civil, se podrán activar líneas de comunicación sin el requisito del registro previo.
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