La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece siete días de descanso obligatorio para las personas trabajadoras en México durante 2026. Estas fechas aplican a nivel nacional y, en algunos casos, se recorren al lunes para formar fines de semana largos.
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En marzo de 2026 habrá un solo día de descanso oficial: el tercer lunes del mes, en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez. Ese año la fecha se observará el lunes 16 de marzo.
El calendario completo de días de descanso obligatorio en 2026 es el siguiente:
• 1 de enero, por Año Nuevo.
• Primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución.
• Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
• 1 de mayo, Día del Trabajo.
• 16 de septiembre, Día de la Independencia.
• Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana.
• 25 de diciembre, Navidad.
En relación con el pago, el artículo 75 de la LFT señala que quienes laboren en un día de descanso obligatorio deben recibir, además de su salario diario, un pago doble por el servicio prestado, lo que equivale a un salario triple.
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Si el día de descanso coincide con domingo, también aplica la prima dominical prevista en el artículo 71 de la misma ley.