Si alguna vez te hiciste cargo de un familiar, o incluso de alguien que no era hijo ni padre en el sentido tradicional, y dependías económicamente de esa persona, ahora existe una vía más clara para solicitar la pensión por ascendencia.
Una reciente resolución judicial abrió la puerta para que quienes ejercieron un rol real de crianza puedan solicitar este apoyo, sin limitarse al parentesco directo.
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¿Quién puede solicitar ahora la pensión de seguridad social?
Cualquier persona que haya cuidado y dependido económicamente del trabajador fallecido, aunque no sea su padre o abuelo, de acuerdo con la resolución judicial. Lo importante no es el apellido, sino demostrar la relación de crianza o tutela afectiva.
El cambio responde a situaciones comunes en muchas familias mexicanas: tías, hermanos mayores, padrastros, madrinas o cuidadores que asumieron durante años las tareas de cuidado y manutención.
En un caso reciente, una mujer que crio a su sobrino desde pequeño pudo demostrar esa relación y acceder a la pensión, sentando un precedente para situaciones similares.
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¿Qué necesitas para iniciar el trámite?
Para poder acceder a la pensión por ascendencia, debes reunir pruebas de cuidado directo y sostenido, como documentos, testimonios, historial médico o escolar; así como de dependencia económica (depósitos, gastos compartidos, comprobantes) y convivencia y rol de crianza real.
Con esto, puedes presentar tu solicitud y pedir que se revise tu caso bajo los nuevos criterios.
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