¡Atento! Esta es la multa del SAT por no presentar la declaración anual

No presentar tu declaración anual de impuestos, puede acarrear una cuantiosa multa; a continuación te contamos todo lo que tienes que saber al respecto

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La declaración anual 2023 de impuestos, es una obligación para las personas físicas y morales que cumplan con los parámetros que pide el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que no presentarla trae severas sanciones.

Con el 2 de mayo marcado como la fecha límite para presentar la declaración anual de impuestos de las personas físicas, hacerlo de manera extemporánea traerá consigo una multa económica. Es decir, si no presentaste tu declaración anual de impuestos durante las fechas establecidas, tendrás que pagar una penalización.

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¿De cuánto es la multa por presentar la declaración anual fuera de la fecha límite?

El no presentar la declaración anual 2023, según lo establecido en el Artículo 81, Fracción I del Código Fiscal de la Federación, podrá hacerte acreedor a multas que van desde los mil 810 pesos hasta los 36 mil pesos. La cifra depende del tiempo de obligación incumplida.

Según se estipula las sanciones van de la siguiente forma:

  • De 1,810 a 22 mil 400 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas
  • De 1,810 a 44 mil 790 pesos, en caso de ser fuera del plazo señalado
  • De 17 mil 190 pesos a 34 mil 350 pesos, por no presentar el aviso de compensaciones
  • De 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos, estando obligado a ello, presentarla fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.

Si no presentaste tu declaración anual de impuestos 2023, es necesario que te pongas manos a la obra lo antes posible para evitar que se sumen cargos a la penalización.

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¿Quién o quiénes deben hacer la declaración anual?

La declaración anual de impuestos la deben realizar las personas físicas y las personas morales, que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 150 de la Ley del ISR.

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

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