¿Compartir el video de los policías realizando actos sexuales dentro de una patrulla en la Ciudad de México, el cual se hizo viral, es un delito? ¿Qué dice la ley al respecto?
Hace unos días se viralizó un video en redes sociales de dos policías realizando actos sexuales dentro de una patrulla en la Ciudad de México durante su horario laboral, estas imágenes se compartieron ampliamente en distintas redes sociales, e incluso se hicieron memes y hasta caricaturas.
Aunque tener actos sexuales dentro de un vehículo oficial es una falta grave a la ética y el reglamento, no es un delito penal, por lo que los oficiales que fueron grabados teniendo realizando dichos actos sólo serán acreedores a sanciones administrativas que determinará la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
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¿Qué dice la ley sobre la difusión del video de los policías realizando actos sexuales en la patrulla?
En México existe una ley llamada Olimpia, la cual castiga la difusión y grabación de material íntimo sin el consentimiento de los involucrados, dichos actos sí se consideran delito y se castigan con 4 o hasta 6 años de prisión y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México.
De acuerdo con dicho código penal se considera delito grave: videograbar, audiograbar, fotografiar o elaborar imágenes de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento.
También es un delito: exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir o compartir imágenes, audio o videos de contenido sexual íntimo de una persona. Que se haga a sabiendas de que no hay consentimiento, a través de redes sociales, correo electrónico, mensajes telefónicos o en cualquier otro medio tecnológico.
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