¡Ojo! No te puedes transferir entre tus propias cuentas

Si quieres triunfar como “adulto independiente” tienes que saber que el Sistema de Administración Tributaria no ve bien que te pases dinero entre cuentas tuyas

Jessica Martin
Tendencia y Viral
Ojo No te puedes transferir entre tus propias cuentas
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El Ejercicio Fiscal del 2022 sin duda ha sido uno de los más complejos ya sea porque está la obligación de que todos los contribuyentes mayores de 18 años tengan RFC, el que ya es un hecho que se debe activar el Buzón Tributario , también debemos tener más cuidado en los conceptos de transferencia y en las diversas multas aplicables, hacer la sonada factura 4.0 y tener que sacar tu Constancia de Situación Fiscal.

¡Pero no todo es terror! El ser un contribuyente tiene también sus beneficios ante el Sistema de Administración Tributaria, (SAT), puesto que cada declaración anualmente conlleva una devolución de saldo a favor y algunos gastos deducibles ... Pero, ¿qué pasa si te transfieres entre tus propias cuentas?

SAT advierte sobre transferirnos entre cuentas propias

Yo sé que a veces no encontramos un cajero a la mano y las comisiones de más de $30 por retiro sin duda no son siempre una opción, no obstante, parece que el SAT no está muy hecho a la idea de que nos pasemos dinero entre tarjetas.

Esto es así desde que en 2021 un tribunal federal de justicia administrativa aprobó que los contribuyentes debemos explicar al SAT que realizaron transferencias entre sus cuentas bancarias propias y cuál fue el motivo.

¿Por qué no nos debemos transferir entre cuentas propias?

De acuerdo a expertos en el SAT y los regímenes de ingresos como Contralores, Administradores y Contadores Públicos no se recomienda hacer movimiento entre cuentas debido a que el SAT puede llegar a considerar estos movimientos como ingresos.

¿Cómo comprobar que no fue un ingreso extra lo que pasamos entre cuentas?

Ahora, que si ya lo hiciste y el SAT te requiere explicar este presunto “ingreso” lo que debes hacer es justificar de dónde y cómo provinieron esos ingresos, es decir con la documentación adecuada para ello, se corrobora con:

· Estados de cuenta bancarios.
· Forma de pago.
· Número de cheque o reporte de transferencia.


· Origen del importe depositado.

No obstante, pese a esto, no te preocupes si estás correctamente dado de alta e identificado con el RFC, esto no pasará de una incomodidad.

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